El Boletín Oficial de la Provincia de Soria de 06/06/2025 publica diversas ayudas para hacer frente al reto demográfico en el marco del Plan Soria y Fondos Europeos.
1.-SUBVENCIONES A MUNICIPIOS PARA ESTABLECIMIENTOS MULTISERVICIOS
Objeto de la ayuda: subvención de la ejecución de obras, equipamiento y mobiliario para la creación de establecimientos multiservicios en locales de titularidad municipal o de la entidad local menor en municipios donde no hubiera otro establecimiento comercial, de titularidad pública o privada.
Beneficiarios: ayuntamientos y ELM con local en propiedad adaptable a establecimiento multiservicio en el casco urbano y que no exista otro establecimiento comercial de titularidad pública o privada de venta de producto cotidiano (no computa farmacia ni panadería).
Ayuda: 70% del coste sin superar 36.000€ máximo de ayuda.
Gastos subvencionables: obra, proyecto, equipamiento y mobiliario.
Plazo solicitudes: 7 de julio de 2025 de forma online.
Mas información: anexos y bases en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones.
2.-ADHESIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES AL IMPULSO DEMOGRÁFICO
Objeto de la ayuda: posibilitar el mecanismo de adhesión de los establecimientos comerciales de la provincia de Soria al Programa de Impulso Demográfico incluido en la anualidad 2025 del Plan Soria.
Beneficiarios: todos los establecimientos abiertos al público de la provincia de Soria excepto el CNAE 92 (juegos de azar y apuestas) que dispongan de datafono y domicilio fiscal o centro de trabajo en cualquier localidad de la provincia de Soria, incluida la capital.
Plazo solicitudes: 7 de julio de 2025 de forma online.
Mas información: anexos y bases en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones.
3.-AYUDAS REHABILITACION VIVENDAS MUNICIPALES
Objeto de la ayuda: incrementar la oferta de vivienda pública en los pueblos de la provincia, como medio para posibilitar su desarrollo económico.
Beneficiarios: municipios y ELM menores de menos de 20.000 habitantes que cumplan los siguientes requisitos:
1. Ostentar la propiedad la vivienda que se va a rehabilitar con carácter de bien patrimonial.
2. Que los edificios en los que se encuentran las viviendas tengan un uso residencial ya sean unifamiliares o colectivas.
3. Las viviendas que se sitúen en municipios sujetos a Inspección Técnica de Edificaciones y que por su antigüedad lo requieran, deberán contar con el certificado e informe de ITE.
4. Las viviendas deberán tener una superficie mínima de 40 m2
5. El edificio donde se encuentre la vivienda deberá estar construido antes de 2000.
6. No haber renunciado a esta misma convocatoria en el 2024 habiendo sido concedida.
Cada solicitante podrá solicitar subvención para una vivienda que cumpla los requisitos recogidos
en esta base y excepcionalmente si no se agota el crédito para mas.
Ayuda: 50% del coste sin superar 24.200€ máximo de ayuda.
Gastos subvencionables: obra de rehabilitación y proyecto con facturas y pagos entre el 01/01/2025 y 19/12/2025.
Plazo solicitudes: 7 de julio de 2025 de forma online.
Mas información: anexos y bases en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones.
4.-AYUDAS AL IMPULSO DEMOGRÁFICO
Objeto de la ayuda: ayudas a padres residentes en la provincia de Soria para el fomento de la natalidad.
Beneficiarios: progenitores y/o tutores que en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive, que:
• Hayan tenido hijos o hijas nacidos/as entre el 1 de enero de 2024 y 31 de diciembre de 2024.
• Hayan concluido los trámites de adopción de un menor de 6 años entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, o acogimiento permanente de un menor de 6 años, nacidos después del 1 de enero de 2019.
La persona solicitante como el niño/a deberán estar empadronados y tener su residencia habitual de forma ininterrumpida en cualquier municipio de la provincia de Soria desde el nacimiento y hasta el momento de presentar la solicitud.
El niño/a deberá encontrarse empadronado/a en el domicilio de la persona solicitante (o del otro progenitor siempre que ambos estén empadronados en la provincia de Soria) en el momento de la solicitud y desde su nacimiento, resolución definitiva de adopción/acogimiento (no pudiendo pasar desde el día de nacimiento/adopción/acogimiento hasta el primer empadronamiento del niño más de 1 mes).
Ayuda: 725€.
Plazo solicitudes: 7 de julio de 2025.
Mas información: anexos y bases en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones.
5.-AYUDAS VIVIENDA JOVEN
Objeto de la ayuda: contribuir a la fijación de población joven en el medio rural de la provincia de Soria facilitando su acceso a la vivienda.
Beneficiarios: personas físicas, empadronados en localidades de la provincia de Soria, que cumplan las siguientes condiciones:
1.- Ser mayor de edad, menor de 36 años el día de la presentación de la solicitud de subvención. Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. En el caso de extranjeros no comunitarios deberán tener residencia legal en España.
2.- Realizar, en cualquier localidad de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Soria y dentro del período subvencionable alguna de las siguientes actuaciones:
a) Suscribir un contrato público de compraventa de vivienda.
b) Suscribir un contrato de compraventa de suelo urbano. El destino del suelo deberá ser la construcción de la vivienda habitual.
c) Suscribir un contrato de compraventa de vivienda para su rehabilitación.
d) Suscribir un contrato de anticipo por la adquisición de una vivienda en construcción, bien mediante contrato de arras bien mediante contrato de paga y señal u otro instrumento similar.
e) En el caso de que la construcción de la vivienda sea en un terreno de su propiedad deberá disponer de un proyecto de ejecución visado por el colegio profesional correspondiente para vivienda unifamiliar.
La vivienda subvencionada deberá convertirse en la vivienda habitual y lugar de empadronamiento del beneficiario en el plazo de veinticuatro meses desde la resolución de concesión de la subvención. No podrá concederse la ayuda cuando el solicitante sea, a su vez propietario o usufructuario de alguna vivienda en España. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de esta por diversas causas de la convocatoria.
Ayuda: 50% con un máximo de 5.000€/solicitud y vivienda.
Gastos subvencionables: Son gastos subvencionables los siguientes:
1. Coste de adquisición de la vivienda, incluidas las destinadas a rehabilitación, IVA incluido.
2. Coste de adquisición del terreno en el que se construirá la vivienda, IVA incluido.
3. Gastos notariales y registrales de las operaciones recogidas en los puntos 1 y 2, IVA incluido.
4. Gastos de redacción de los proyectos técnicos de construcción o rehabilitación, IVA incluido.
Las facturas y pagos serán entre el 1 de enero de 2025 y 19 de diciembre de 2025.
Plazo solicitudes: 30 de septiembre de 2025.
Mas información: anexos y bases en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones.
6.-AYUDAS MEJORA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD DE INMUEBLES MUNICIPALES
Objeto de la ayuda: ejecución de obras de demolición de edificios de titularidad municipal que se encuentren en situación de ruina con arreglo a lo establecido en la Ley de Urbanismo de Castilla y León y su Reglamento, o que, sin estar declarados en dicha situación, sea procedente su demolición, así como la limpieza de los correspondientes solares, de titularidad de municipios de menos de 20.000 habitantes de
la provincia de Soria.
Beneficiarios: ayuntamientos de la provincia de Soria, excluida la capital, que sean propietarios de
edificios y solares en cualquiera de sus núcleos de población, en las condiciones descritas en la base primera. Las entidades locales menores de ámbito inferior al municipio.
Que se trate de inmuebles en situación de ruina, cuyo estado de conservación presente deficiencias estructurales o de otro tipo que, por afectar a las condiciones de salubridad o seguridad de personas y bienes, hayan de ser objeto de demolición, cuenten o no con declaración de ruina expresa. Alternativamente, que se trate de solares necesitados de limpieza y desescombro. Que las construcciones o edificios no se encuentren catalogados o sujetos a algún régimen de protección, salvo que cuenten con la autorización específica para realizar actuaciones en el mismo del organismo competente, en cuyo caso tendrán que aportar dicha autorización. Que los inmuebles se hallen situados en suelo urbano de municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Soria. Que no se trate de inmuebles de dominio público. Que se aporte el proyecto visado de las actuaciones a realizar o, en el caso de que las actuaciones no precisen proyecto, memoria suscrita por técnico competente. Que las actuaciones e intervenciones en los inmuebles cuenten, con carácter previo a su inicio, con el título habilitante para su ejecución, que consistirá en la aprobación municipal de la ejecución de las obras. Cada solicitante podrá solicitar subvención para un inmueble que cumpla los requisitos recogidos en esta base.
Ayuda: 75% del coste con un máximo de 15.000€ o 20.000€ en función de la distancia a la planta de reciclaje de 0 a 30 km o más de 30 km.
Plazo solicitudes: 7 de julio de 2025 de forma online.
Mas información: anexos y bases en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones.