El BOCYL del pasado lunes 15/07/2024 publica la convocatoria de subvenciones subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para financiar actuaciones turísticas singulares de repercusión regional para la Comunidad de Castilla y León.
1.-Objeto: desarrollo de actuaciones turísticas singulares de repercusión regional, apoyar
financieramente la creación o el desarrollo de destinos y productos turísticos, la gestión de ambos, así como su gobernanza, promoción y comercialización, con la finalidad de contribuir al desarrollo, dinamización y consolidación de la actividad turística como un sector económico estratégico de la Comunidad Autónoma, el fortalecimiento de la imagen de Castilla y León como destino turístico y la profesionalización y el apoyo a las entidades sin ánimo de lucro en la consecución de dichos objetivos.
2.-Plazo solicitud de ayuda: desde el 16/07/2024 al 12/08/2024.
3.-Solicitantes: Entidades sin ánimo de lucro, así como sus agrupaciones, federaciones y/o confederaciones, excluyendo las del sector público, con domicilio social en la Comunidad de Castilla y León y que tengan entre los fines que figuran en sus estatutos, aquéllos que se identifiquen con el objeto y finalidad de la subvención de acuerdo con lo previsto en estas bases y en la correspondiente convocatoria.
4.-Actividades subvencionables:
Serán subvencionables los proyectos que contengan actuaciones turísticas singulares de repercusión regional. Estas actuaciones tendrán por objeto la creación, el desarrollo y el fortalecimiento de destinos y productos turísticos, la gestión de los mismos, y su gobernanza, promoción y la comercialización.
El contenido mínimo de los proyectos, que tendrá que ser detallado y pormenorizado y no de mera indicación de actuaciones generales, ha de incluir los tres tipos de actuaciones, esto es las relativas al desarrollo de destinos y/o productos turísticos, las propias de su gestión, y las de promoción y comercialización.
Los proyectos deberán necesariamente destinar entre el 20 y el 30 por ciento de su presupuesto a actuaciones de promoción y comercialización de los destinos y productos turísticos.
Las actuaciones que resulten subvencionadas deberán ejecutarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2025.
5.-Cuantia de la subvención: El importe individual de las subvenciones se determinará proporcionalmente en función de la puntuación obtenida por cada solicitud presentada, de acuerdo con los criterios de valoración. La cuantía de la subvención puede alcanzar hasta el 100% de la inversión presupuestada con el límite del máximo de 90 000 €, siendo el mínimo de subvención concedida el 70% de la inversión.
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